El abogado defensor particular, Facundo Capparelli, consideró que la pena de 6 años otorgada por el Tribunal N°1, al haber desestimado los agravantes por exceso de velocidad y por conducir bajo los efectos del alcohol, sería demasiada elevada. "Ahora hay que analizar la sentencia, no los hechos", concluyó.
El abogado de Federico Sasso, Facundo Capparelli, se mostró satisfecho con el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 que condenó al joven que atropelló y mató a Lucía Bernaola por “homicidio culposo agravado” y no por homicidio simple, aunque consideró que la pena de 6 años de prisión podría ser “excesiva”.
“Las sentencias se respetan y se acatan o se impugnan”, dijo el abogado Capparelli, luego de haber vivido un momento de suma tensión en la sala del Tribunal N°1, en el que tanto él, como su defendido, fueron insultados y amenazados por familiares de Lucía Bernaola que reaccionaron al entender que Sasso no iría a la cárcel y seguiría con arresto domiciliario.
Capparelli destacó que el Tribunal definió la calificación del hecho, es decir “homicidio culposo agravado”, tal como él había propuesto en su alegato y que los jueces, también, desestimaron aplicar los agravantes por el test de alcoholemia realizado a Sasso y por el exceso de velocidad.
“El Tribunal decidió no aplicar las agravantes del test alcoholométrico que salió inoponible por mayoría, en función de los argumentos que expuse. Es decir que ese test a lo sumo servirá para una falta administrativa, pero es inoponible en sede penal, según el fallo”, expresó el abogado.
En cuanto que solo se haya tenido en cuenta como agravante el de “culpa temeraria”, Capparelli explicó: “El agravante de exceso de velocidad exige que se sobrepase por 30 kilómetros el máximo de velocidad permitida y tanto este agravante como el test alcoholimétrico no fueron tenidas en cuenta por el tribunal”.
Cabe recordar que, según las pericias, Sasso conducía a unos 78 kilómetros por hora al momento de haber atropellado a Lucía Bernaola y, los jueces entendieron que ese sector de la Costa tiene una velocidad máxima permitida de 60 kilómetros por hora.
“Mi responsabilidad ahora es dar una respuesta profunda analizando la sentencia y no los hechos”, dijo el abogado de Sasso y agregó: “Podría considerar la sentencia como excesiva en orden que dos de los tres agravantes no fueron tenidos en cuenta y estamos frente a una persona que carecía de antecedentes penales. Evaluaremos si la vamos a impugnar, tengo que hacer un análisis del contenido”.